domingo, 7 de diciembre de 2008

Alcaldía Municipal de San Salvador y Viceministerio de Transporte: Disputa legal por la Calle Arce

El 21 de octubre del presente año, la Alcaldía Municipal de San Salvador presento el proyecto denominado “Plaza de la Salud” el cual se está ejecutando en el final de la Calle Arce, entre la 23 y 25 avenida norte como parte del Plan Especial de Rescate del Centro Histórico que lleva a cabo la Municipalidad. El proyecto ofrece a los ciudadanos capitalinos un nuevo sitio de esparcimiento, además de mejorar las condiciones urbanísticas del lugar y sus alrededores, según aseguro Sonia Baires, Coordinadora General de la Unidad Técnica para el Centro Histórico.

Sin embargo, la intervención de la Alcaldía en la Calle Arce no ha sido del todo satisfactoria, ya que a los pocos días de haber iniciado el proyecto, el Viceministro de Transporte, Felipe Moreno, denunció que la municipalidad no contaba con el permiso respectivo para realizar obras en la vía pública. Según Moreno, la comuna ha sobrepasado la autoridad del MOP y del VMT, al intervenir en parte de la calle Arce:

"En la Plaza la Salud, ellos han roto todo el asfalto... ellos están infringiendo la Ley de Carreteras y Caminos, en su artículo 8, y la Ley de Transporte Terrestre y Seguridad Vial, en el 42. Ellos se basan en lo que dice un Código Municipal, pero ningún Código Municipal es mayor que la ley, por lo tanto, deben abstenerse de seguir con la obra", indicó Moreno.(El Diario de Hoy, "VMT demandará a alcaldía capitalina", viernes 14 de noviembre de 2008, pág. 86)

Por otra parte, el Jefe de la Unidad de Apoyo Legal de la Alcaldía de San Salvador, Rigoberto Menéndez, manifestó que la municipalidad está actuando de conformidad a los prescrito por la Constitución de la República, específicamente el artículo 206, el cual establece literalmente que: “Los planes de desarrollo local deberán ser aprobados por el Concejo Municipal respectivo; y las Instituciones del Estado deberán colaborar con la Municipalidad en el desarrollo de los mismos.”

Habiendo explicado brevemente la situación actual del proyecto de la “Plaza de la Salud”, hago las siguientes reflexiones:

El Viceministerio de Transporte pertenece orgánicamente al MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, sus principales competencias están delimitadas en el artículo 43 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, dentro de las cuales puede concluirse que ha sido creado a efecto de planificar, analizar, coordinar y ejecutar la política del Estado en materia de transporte terrestre.

No obstante lo anterior, el artículo 42 de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Víal establece que la realización de obras o instalaciones en las vías públicas, a ser efectuadas por instituciones públicas, municipales, privadas y otras, deberán contar con la autorización previa del Viceministerio de Transporte.

Hasta este punto estoy de acuerdo con el Viceministro de Transporte, sin embargo difiero en cuanto a la aplicación de la ley de carreteras y caminos vecinales, ya que considero que la autoridad competente para aplicar dicha ley, es el Ministerio de Obras Públicas; en el ramo de obras públicas; además, la referida ley excluye taxativamente de su ámbito de aplicación a las calles, según prescribe el inciso segundo del artículo uno.

Por otra parte, el Viceministro parece desconocer de la autoridad que poseen los municipios en materia de desarrollo local, he aquí algunas referencias legales de dicha competencia:

  1. El artículo 206 de la Constitución establece que los planes de desarrollo local deberán ser aprobados por el Concejo Municipal respectivo; y las instituciones del Estado deberán colaborar con la municipalidad en el desarrollo de los mismos;
  2. El artículo 4 numeral 1 del Código Municipal establece que la elaboración, aprobación y ejecución de planes de desarrollo local es competencia del municipio;
  3. El artículo 2 de la Ordenanza para Iniciativa, Creación, Aprobación e Implementación de los Planes de Ordenamiento Territorial en el Municipio de San Salvador, define como MICROPLAN, a aquél instrumento Jurídico-técnico, apoyado en proyectos de intervención urbana y/o disposiciones regulatorias, orientados al ordenamiento urbano de una zona de la ciudad, reducida, por lo general, a un conjunto de inmuebles a lo largo de una calle o conformando varias cuadras, en donde usualmente existe una actividad o uso del suelo predominante.

Es por lo expuesto anteriormente, que en mi opinión, la municipalidad de San Salvador posee la autoridad y legitimadad suficiente para realizar el proyecto de la “Plaza de la Salud”; pero dejando a un lado las valoraciones jurídicas, creo que se trata de un importante proyecto para la revitalización del Centro Histórico, que beneficiaria especialmente a los usuarios de los hospitales aledaños, a los comerciantes de la zona y a los estudiantes de la Universidad Tecnológica.

Finalmente, creo que la actuación del Viceministerio de Transporte ha sido más política que técnica, y espero que las acciones que ha realizado, no entorpezcan la ejecución de tan buen proyecto, el cual no hay que olvidar que está siendo ejecutado con fondos de cooperación internacional.

No omito manifestar que la municipalidad de San Salvador ya tuvo un problema similar con el Viceministerio de Transporte por la construcción de una isleta enfrente del edificio 10 del mercado central, sin que dicho problema hubiera trascendido de igual forma que el de la “Plaza de la Salud”.

1 comentario:

Marlon Matus dijo...

Hola, me parece muy interesante el blog, aunque casi no se de esto jajaja cuidate mucho y seguí escribiendo ;)